Modelos AEAT·Modelo 347

Modelo 347: quién te compró y a quién compraste

El 347 declara, cliente a cliente y proveedor a proveedor, con quién se han superado los 3.005,06 euros durante el año natural. Es puramente informativo: la Administración cruza tu declaración con la de la otra parte y busca diferencias.

Ese cruce es justamente lo que lo hace incómodo. Dos empresas honradas pueden declararse importes distintos por algo tan simple como una factura de diciembre contabilizada en enero por una de ellas: el criterio de imputación es el del registro contable.

Próximos vencimientos del modelo 347

  • 202628 de febrero

Fechas estándar del calendario AEAT. Cada año la Agencia publica el calendario definitivo con los traslados a día hábil: conviene confirmarlas antes de apurar el plazo.

Quién presenta el modelo 347

Lo que más se falla

Se declara por trimestres, no en un total

El importe anual con cada tercero se desglosa por trimestres. Un descuadre puede venir solo de haber imputado una factura al trimestre equivocado, aunque el total del año coincida.

Los cobros en metálico van aparte

Los cobros en efectivo por encima del importe reglamentario se informan de forma separada, y en el año en que se perciben. Es un dato que se olvida con facilidad porque no sale del libro de facturas.

Confirmar con los grandes proveedores antes de presentar

La práctica que ahorra requerimientos es sencilla: contrastar en enero los saldos con los cinco o diez terceros de mayor volumen. Casi todos los descuadres aparecen ahí.

Preguntas frecuentes

¿El umbral de 3.005,06 € es con IVA o sin IVA?

Se computa el importe total de las operaciones, IVA incluido. Es una de las confusiones más habituales al filtrar el listado desde la contabilidad.

¿Hay que presentarlo si solo se supera el umbral con un cliente?

Sí. Basta con superar el importe con un único tercero para que nazca la obligación de presentar la declaración, que incluirá a todos los que superen el umbral.

¿Cuándo se presenta el modelo 347?

Durante el mes de febrero, referido a las operaciones del año natural anterior.

El modelo 347 en FiscalIA

El 347 aparece en el calendario y en la cola de trabajo de los clientes cuyo perfil de obligaciones lo incluye, con su aviso de vencimiento. La confección del fichero no está incluida todavía.

Contenido informativo de carácter general. No sustituye al asesoramiento profesional: cada obligación tiene supuestos, exenciones y plazos particulares que deben verificarse en la normativa vigente y en el calendario oficial de la AEAT.

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Todos los vencimientos de tus clientes, en una sola pantalla

FiscalIA cruza el calendario de la AEAT con el perfil de cada cliente y te dice qué toca presentar, a quién y cuándo — con el estado de cada tarea al día.